
CONSIDERANDO: Que SOMPOPO es una plataforma electrónica dedicada al comercio móvil de productos o servicios de toda naturaleza.
CONSIDERANDO: Que el PROVEEDOR desea promocionar y vender su (s) producto (s) en la plataforma de SOMPOPO .
POR TANTO; SOMPOPO y el PROVEEDOR acuerdan celebrar el presente ACUERDO PRIVADO, que se regirá de conformidad con las siguientes cláusulas y condiciones:
PRIMERA .- DECLARACIONES Y GARANTÍAS:
1.1 DEL PROVEEDOR:
i) Que es el legítimo propietario y tiene todos lo derechos para promocionar, distribuir y vender sus productos o servicios en la plataforma de SOMPOPO.
ii) Que SOMPOPO puede promocionar, distribuir y vender libremente el Producto del PROVEEDOR y que la promoción, distribución y venta no vulnera las leyes y normas, y en particular, derechos de terceros o de propiedad intelectual.
iii) Que es una sociedad mercantil válidamente existente y debidamente organizada bajo las leyes de la República de Honduras
iv) Que se obliga a designar a un representante autorizado y a mantener activa una cuenta de correo electrónico para todas las comunicaciones con respecto a este contrato.
1.2 DE SOMPOPO
i) Que es una sociedad mercantil válidamente existente y debidamente organizada bajo las leyes de la República de Honduras.
ii) Que se obliga a designar a un representante autorizado y a mantener activa una cuenta de correo electrónico para todas las comunicaciones con respecto a este contrato.
DEFINICIONES:
Las siguientes palabras y expresiones deberán tener los significados dados aquí a ellas. Las palabras que no se encuentran definidas en este Acuerdo y en los documentos que forman parte de este Acuerdo serán entendidas conforme a la literatura del tipo de Acuerdo que nos ocupa.
Orden de Compra: Documento expedido por SOMPOPO en el cual se detalla el pedido y las instrucciones de entrega de los de productos o servicios al PROVEEDOR.
Producto: Los bienes o servicios puestos a la disposición por el PROVEEDOR en la plataforma electrónica de SOMPOPO.
Portal Administrativo: El portal web con estadísticas proporcionadas por SOMPOPO, para uso del PROVEEDOR donde también podrá administrar su Bodega Virtual
Bodega Virtual: El concepto de almacenaje en el cual el PROVEEDOR sube de forma virtual los bienes o servicios a comercializar por medio de la plataforma electrónica SOMPOPO.
SEGUNDA- CONDICIONES GENERALES
2.1 Contrato General:
Mediante la aceptación de los términos y condiciones, el PROVEEDOR se obliga al cumplimiento de las obligaciones contenidas en el presente documento y reconoce que el mismo comprende la totalidad de las condiciones aplicables al objeto del Contrato y reemplaza todas las comunicaciones, negociaciones y Contratos (sean escritos u orales) de las partes con respecto a lo anterior.
SOMPOPO se reserva el derecho, a su entera discreción, de aceptar o rechazar una solicitud de inscripción
2.2 Ley Aplicable e Idioma:
Este Contrato deberá regirse, interpretarse y ejecutarse de conformidad con las leyes de Honduras. Toda la correspondencia, documentos, notificaciones y comunicaciones dadas, y toda otra documentación a ser preparada y suministrada bajo el Contrato será escrita en el idioma español.
2.3 Enmiendas:
SOMPOPO, a su entera discreción, podrá modificar los términos y condiciones del presente documento en cuyo caso, dichos cambios será comunicados al PROVEEDOR para su aceptación en un plazo máximo de diez (10) días hábiles. En caso de no tener la aceptación en este plazo, se considerará una aceptación tácita por parte del PROVEEDOR. En caso de rechazo, SOMPOPO, se reserva el derecho para poder terminar el presente contrato sin responsabilidad de su parte.
2.4 Relación entre las partes:
El Contrato no crea ninguna relación de agencia, sociedad, empresa solidaria u otro tipo de relación de unión entre SOMPOPO y el PROVEEDOR.
2.5 Renuncia a Condiciones y Términos:
Cualquier renuncia a los derechos, poderes o recursos de una parte bajo este Contrato deberá ser por escrito, debe estar fechado y firmado por un representante autorizado de la parte que esta otorgando tal renuncia, y debe especificar el motivo de tal renuncia.
2.6 Invalidez de Condiciones y Términos del Contrato:
Si cualquier término o condición del Contrato es prohibida o declarada inválida o inaplicable, tal prohibición, invalidez o inaplicabilidad no afectará la validez o aplicabilidad de cualquiera de los otros términos y condiciones del Contrato.
2.7 Derechos de Cesión:
SOMPOPO, podrá ceder la totalidad o parcialmente los derechos y obligaciones para el presente documento sin necesidad de aprobación de parte del PROVEEDOR. Ni este Contrato, ni los derechos u obligaciones resultantes del mismo podrán ser cedidos o transferidos en todo o en parte por el PROVEEDOR sin el previo y expreso consentimiento por escrito de SOMPOPO. Cualquier intención o traspaso o cesión efectiva realizada por el PROVEEDOR se considerará nulo y sin ningún efecto.
2.8 Comunicaciones y Notificaciones:
Cualquier notificación o comunicación requerida o permitida bajo este Contrato, deberá ser por correo electrónico en la dirección ingresada en la inscripción de proveedores. En caso que surja algún cambio en la dirección de correo electrónica o en la persona designada y autorizada para recibir las notificaciones, deberá ser comunicada a SOMPOPO en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas después de haberse efectuado el cambio. A discreción de SOMPOPO, los cambios enunciados podrán será realizados y aceptados por llamada telefónica.
Todas las notificaciones, reclamos, demandas y otras comunicaciones, deberán ser por escrito y se entenderá que fueron entregadas vía correo electrónico cuando es recibido por el PROVEEDOR en forma legible y SOMPOPO ha recibido una confirmación electrónica de recepción de la transmisión.
2.9 Información Confidencial:
SOMPOPO y el PROVEEDOR mantendrán en confidencialidad y no podrán sin la autorización escrita de la otra parte, divulgar a una tercera persona la Información Confidencial, si tal Información Confidencial ha sido entregada a partir de la fecha del presente Contrato.
La obligación de confidencialidad de las partes bajo la presente cláusula no se aplicará en los siguientes casos:
a) Cuando la Información Confidencial ahora o después, sea del dominio público sin falta de alguna de las partes.
b) Cuando pueda comprobarse que la Información Confidencial estaba en poder de la otra parte al momento de revelarse y la cual no fue previamente obtenida, directa o indirectamente, por la otra parte de este Contrato.
c) Cuando de otra forma legalmente esté disponible para la otra parte de manos de una tercera persona que no tenga obligación alguna de confidencialidad.
2.10 Indemnización: El PROVEEDOR se obliga a indemnizar, defender y mantener indemne a SOMPOPO, por cualquier asunto o contingencia relacionado a denuncias y demandas entabladas por terceros por concepto de violaciones de derechos de propiedad intelectual e industrial y/o violaciones de derechos de agencia, representación o distribución en relación al Producto ingresado por el PROVEEDOR en la bodega virtual y finalmente activado en la aplicación de SOMPOPO.
2.11 Solución de Conflictos y Disputas:
Se acuerda que cualquier controversia, discrepancia, litigio, disputa, reclamo o diferencia que surja entre las partes en relación con cuestiones vinculadas a este contrato o a una materia en él contenido, se resolverá mediante el procedimiento de ARBITRAJE de conformidad con el Reglamento del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio e Industrias de Tegucigalpa. Lo anterior será sin perjuicio de las acciones que surjan para cada una de las partes en relación al presente contrato y que la Ley señale como única vía de resolución, la vía judicial.
TERCERA – OBJETO DEL CONTRATO:
Por medio del presente contrato, SOMPOPO se dedicará de manera independiente y sin subordinación directa, a intermediar, promocionar y vender los Productos del Proveedor en la plataforma electrónica propiedad de SOMPOPO.
CUARTA TÉRMINOS Y CONDICIONES ESPECIALES:
4.1 Creación de Bodega Virtual: Una vez que el PROVEEDOR es aprobado y ha aceptado los "TÉRMINOS Y CONDICIONES", SOMPOPO enviará un correo electrónico de bienvenida junto con las instrucciones pertinentes para el ingreso en el Portal Administrativo del PROVEEDOR y la creación de la Bodega Virtual.
En la Bodega Virtual, el PROVEEDOR ingresa los productos junto con toda la información y descripción respecto a los mismos para la aprobación de SOMPOPO. SOMPOPO se reserva el derecho a aprobar o improbar los productos ingresados por el PROVEEDOR. En caso de aprobación, SOMPOPO activa los productos y los pone a disposición en la aplicación de Sompopo Shop.
El PROVEEDOR se obliga a mantener actualizado el inventario del Producto en la bodega virtual aprobado por SOMPOPO, así como a actualizar cualquier cambio en la información y descripción relativa al producto o garantía del mismo.
4.2 Orden de Compra del Producto:
A partir que el cliente o consumidor final realice la compra del Producto, SOMPOPO realizará dos (2) cortes durante el día, el primero, de 8AM-12PM, y el segundo, de 12:01PM-5PM a efectos de generar y enviar la Orden de Compra a la dirección de correo electrónico proporcionada por el PROVEEDOR.
Una vez recibida la Orden de Compra por el PROVEEDOR, éste deberá confirmar recepción y preparar el Producto para entrega dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes de enviada la Orden de Compra.
El PROVEEDOR deberá enviar una notificación electrónica a SOMPOPO de que el Producto esté listo para su entrega a efectos que SOMPOPO pueda enviar a su personal para realizar la recepción del Producto.
4.3 Pago del Producto:
La forma de pago se acordará de mutuo acuerdo entre el PROVEEDOR y SOMPOPO sin perjuicio que la misma puede ser modificada en cualquier tiempo. El pago del Producto se realizará al momento de recibir satisfactoriamente el Producto en la forma establecida en la cláusula 4.3 del presente Contrato.
4.4 Recepción del Producto:
Recibida la notificación por parte del PROVEEDOR que el Producto está listo para su entrega, personal de SOMPOPO se trasladará a la bodega del PROVEEDOR para proceder con una inspección minuciosa del mismo. En caso que durante el proceso de inspección, se detecte algún daño o deterioro o aspecto relevante que haga que el Producto tenga una desmejora, SOMPOPO rechazará el Producto y así lo hará saber a el PROVEEDOR. En caso de rechazo, el PROVEEDOR deberá reponer el Producto en la forma siguiente: i) si el Producto se rechazó en la mañana (8am-12pm), su reposición deberá estar listo para el mismo día en el horario de la tarde (12:01pm-5pm); y, ii) si el Producto se rechazó en la tarde (12:01pm-5pm), su reposición deberá estar listo en la mañana del día siguiente.
Si el Producto se encuentra en perfectas condiciones visuales, SOMPOPO procederá a su pago y a retirar el Producto, en cuyo caso terminará la responsabilidad del PROVEEDOR en cuanto al envío y entrega del Producto, exceptuando las obligaciones del PROVEEDOR bajo la cláusula de Defectos y Vicios Ocultos del Producto que precede.
4.5 Precio del Producto: SOMPOPO tiene el derecho a determinar libremente el precio de venta final del Producto en su plataforma electrónica, establecido a partir del precio al cual el PROVEEDOR le venda su Producto a SOMPOPO y el PROVEEDOR renuncia a cualquier derecho o reclamo sobre el precio final a que SOMPOPO ofrezca el Producto en la plataforma electrónica.
4.6 Facturación del Producto: El PROVEEDOR se obliga a cumplir con todas las leyes fiscales incluyendo, al Reglamento del Régimen de Facturación, con lo cual deberá tener y facilitar en legal y debida y forma, la factura y demás documentos y comprobantes fiscales requeridos, los cuales deberán estar debidamente autorizados.
Para estos efectos, el PROVEEDOR deberá facilitar su Registro Tributario Nacional a SOMPOPO y cualquier otro documento que se requiera, debidamente actualizado y se obliga a que, cualquier cambio en una información, deberá ser notificada de inmediato a SOMPOPO.
4.7 Impuestos: Todos los impuestos, aranceles y tasas correspondientes al Producto vendido a SOMPOPO mediante la Orden de Compra girada al respecto, son responsabilidad total del PROVEEDOR.
En caso que SOMPOPO requiera sustentar un crédito fiscal, éste le hará saber al PROVEEDOR para que se emita la factura con los requisitos exigidos por la legislación a efectos que SOMPOPO no encuentre inconveniente alguno en la reclamación de dicho crédito.
4.8 Deber de Información: El PROVEEDOR está obligado a suministrar a SOMPOPO, la información oportuna, clara, veraz, adecuadas y suficiente sobre las características esenciales del Producto, a efectos que SOMPOPO pueda hacer la publicación respectiva e informar al consumidor final.
Sompopo verificará la información y se reserva el derecho a hacer las modificaciones que sean necesarias a efectos de brindar la información completa al consumidor.
4.9 Garantía del Producto: El PROVEEDOR se obliga a proporcionar a SOMPOPO la misma garantía otorgada a él por el fabricante del Producto, en caso que aplique, para que SOMPOPO pueda trasladar la misma garantía al consumidor final.
El PROVEEDOR se obliga a cumplir los términos y condiciones de la garantía y a resolverla prontamente en caso que se de un reclamo por parte de SOMPOPO. Los gastos asociados al reclamo de una garantía como ser, transporte, almacenaje, entre otros, será cubierta por SOMPOPO.
SOMPOPO y el PROVEEDOR, en ningún caso, serán responsables por la reparación, reemplazo o arreglo de cualquier defecto o de cualquier daño al Producto o parte de este que surja o resulte a causa que la operación o mantenimiento del Producto no se realice en forma apropiada o en desacuerdo con las instrucciones de los fabricantes, por parte de SOMPOPO o del Cliente Final.
4.10 Devoluciones: Los clientes que compren en la plataforma electrónica de SOMPOPO son propiedad exclusiva del mismo, por tanto, la política de devolución será manejada a la entera discreción de SOMPOPO. En tal sentido, el PROVEEDOR se obliga a revelar a SOMPOPO su política de devoluciones a efectos de informarla adecuadamente al cliente o consumidor final.
QUINTO - RESPONSABILIDAD POR DEFECTOS O VICIOS OCULTOS:
El PROVEEDOR garantiza que el Producto o cualquier parte de este o los repuestos que se suministren, deberá mantenerse libre de vicios ocultos, defectos en el diseño, en la ingeniería, en los materiales o en la mano de obra de la fabricación.
SOMPOPO deberá dar al PROVEEDOR una notificación especificando la naturaleza de cualquier de esos defectos o vicios ocultos junto con toda la evidencia disponible al momento, en forma inmediata después de haberlo descubierto.
SEXTO - TERMINACIÓN
6.1 Terminación por SOMPOPO:
SOMPOPO puede en cualquier momento terminar el Contrato mediante un aviso con al menos treinta (30) días de anticipación, por cualquier razón, en cuyo caso, el PROVEEDOR estará en la obligación de proveer todo el producto que haya sido pedido a la fecha de la nota de terminación. En consecuencia, SOMPOPO procederá de inmediato con el cierre de la cuenta del PROVEEDOR en el portal administrativo y en la bodega virtual.
No obstante, la terminación, el PROVEEDOR deberá mantenerse responsable de los Defectos o Vicios Ocultos según los términos de la cláusula 5 así como de la garantía establecida en la cláusula 4.9.
SÉPTIMA. ACEPTACIÓN:
El PROVEEDOR aprueba y acepta todas y cada una de las cláusulas de este contrato, obligándose al fiel cumplimiento de las obligaciones aquí establecidas y acordando que el presente contrato es Ley entre las partes, deja sin valor y efecto cualquier otro entendimiento verbal o escrito entre las partes en relación a las obligaciones aquí contraídas y lo no regulado por él se sujetara a lo establecido en las Leyes de la Republica de Honduras.